Seguro impago del alquiler

Todas las garantías para que alquiles tú vivienda sin ninguna preocupación

¿Porqué elegir el mejor seguro de impago del alquiler?

Uno de los miedos más comunes al poner una vivienda o un local en alquiler es garantizar el pago de las mensualidades de los inquilinos. En España, a diferencia de otros países, no existe un sistema privado de información de solvencia al que puedan acceder los particulares. La elección del inquilino se basa en una serie de peticiones que no aseguran que la situación pueda cambiar en un futuro, por tanto, como arrendatario, la elección se hace “a ciegas”.

Son necesarias por tanto, unas garantías adicionales y por eso existe el seguro de impago de alquiler. La misión del seguro de impago de alquiler es proteger los derechos de los propietarios y asegurar que los inquilinos cumplen con sus obligaciones legales.

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Coberturas* Seguro Alquiler para Viviendas

  • Pago de la prestación de suministros
  • Gastos de cerrajero y cerradura, para lanzamiento judicial por desahucio
  • Gastos de cerradura, para supuesto reclamación de cantidad
  • Reclamación de daños ocasionados al inmueble
  • Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento
  • Actos vandálicos al continente
  • Reclamación de daños sobre bienes del inmueble
  • Reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones
  • Reclamación del propietario por infracciones de normas legales
  • Defensa y reclamación frente a la comunidad de propietarios
  • Defensa de otros seguros
  • Defensa y reclamación del propietario sobre servidumbres
  • Defensa de la responsabilidad penal
  • Defensa penal como miembro de la junta de la comunidad de propietarios
  • Asistencia jurídica telefónica
  • Pérdida alquileres por incendio

*Coberturas según Condiciones Generales de la Póliza.

Preguntas frecuentes sobre el seguro de impago del alquiler

Desde Ponce y Mugar, recomendamos que este seguro de protección jurídica sea abonado siempre por el propietario.

La vigencia de este seguro es anual y su renovación es automática salvo en el caso de que solicites la baja por escrito.

El adelanto de las rentas impagadas por parte de ARAG se efectúa una vez hayan dado comienzo las acciones judiciales y se esté dentro del período de 3 meses posteriores al primer impago de mensualidad.

Siempre y cuando el inquilino haya impagados rentas del alquiler, te cubrimos hasta un máximo de 150€ para cubrir el menor importe de: la deuda pendiente o el cambio o nueva alta del contrato de suministros (agua, gas y electricidad).

En el supuesto de que se marche o cambie el inquilino no es necesario cancelar el seguro que tengas contratado. En este sentido, basta con contactar con nosotros y realizar una suspensión temporal mediante la firma del contrato de rescisión.

En el supuesto de que el inquilino moroso te entregue las llaves y se deje la vivienda cuando ya nos has informado del impago pero la demanda de desahucio aun no se ha presentado, igualmente te adelantamos hasta 2 meses impagados (a descontar el mes de franquicia).

Seguro de impago de alquiler.Ponce y Mugar, correduría de seguros te asesora.

Si estás interesado en el Seguro Impago Alquiler de Locales contacta con nosotros

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