Seguro para ciclistas

Protégete tú y tu bicicleta

Ponce y Mugar protege tanto al ciclista como a la bicicleta. La práctica del ciclismo puede llevar sus riesgos, por eso ofrecemos este seugor pensado para que disfrutes al máximo del deporte del ciclismo sin tener que preocuparte de nada.

Coberturas básicas

  • Asistencia en viaje: Cobertura a partir del kilómetro 0 desde el domicilio habitual y con cobertura en todo el mundo; gastos de curación en el extranjero por accidente, hasta 2.000 euros; repatriación o transporte por fallecimiento o por transporte sanitario de heridos por accidente; retorno anticipado en caso de siniestro grave en el hogar o fallecimiento de un familiar. Además, incluye el desplazamiento y gastos de estancia de una persona desplazada para hospitalizaciones superiores a cinco días, con una cobertura de 60 euros diarios y un máximo de 10 días. Incluye localización y salvamento por desaparición de asegurado que corra peligro, hasta un límite de 1.505 euros.
  • Responsabilidad civil extracontractual: Incluye la responsabilidad civil como persona privada durante el uso de la bicicleta. Existen dos opciones de suma asegurada, 150.000 euros o 300.000 euros. Defensa jurídica Defensa en caso de sufrir reclamaciones y reclamación de daños. Servicio de orientación médica telefónica Consultas sobre la salud del ciclista asegurado.
  • Defensa jurídica: Defensa en caso de sufrir reclamaciones y reclamación de daños.
  • Servicio de orientación médica telefónica: Consultas sobre la salud del ciclista asegurado.

 

Coberturas recomendadas

  • Robo de la bicicleta: Indemnización del robo de la bicicleta en vivienda habitual o secundaria y en sus dependencias o trastero siempre que la bicicleta esté sujeta a elemento fijo mediante candado homologado. Cubre el robo de la bicicleta fuera de la vivienda siempre que la bicicleta esté sujeta a un objeto fijo mediante candado de seguridad. Se cubre el hurto y la apropiación indebida. El cliente deberá acreditar la posesión de un candado de seguridad.
  • Gastos por hospitalización quirúrgica: Indemnización de 20 euros diarios por cada día que el asegurado se encuentre hospitalizado por una intervención quirúrgica, a consecuencia de un accidente realizando ciclismo, con un máximo de 90 días.
  • Daños a la bicicleta por accidente: Daños que sufra la bicicleta cuando se vea afectado el cuadro de la misma, incluyendo el coste de reparación o sustitución del cuadro de la bicicleta. Indemnización de las piezas de la bicicleta.
  • Cirugía reparadora por accidente: Indemnización por los gastos médicos en caso de que al asegurado, a consecuencia de un accidente ciclista, le resulte dañada o deformada la superficie corporal, con un límite máximo de 4.500 euros.
  • Invalidez permanente por accidente: Incluye una indemnización máxima de 12.000 euros, según baremo de lesiones establecido en las condiciones generales de la póliza.
  • Muerte por accidente: Cubre al beneficiario de la póliza frente a la muerte por accidente del asegurado, con un límite de 6.000 euros.

 

Preguntas frecuentes

Lo primero que hay que tener en consideración, es que en muchas ocasiones los seguros de vida excluyen entre sus coberturas los accidentes que ocurren durante alguna práctica deportiva. Esto ocurre especialmente si el deporte en cuestión es de alto riesgo. Así que lo primero que hay que hacer es verificar que entre las cláusulas de beneficio se encuentra el deporte que practicas o lo que es lo mismo, que no exista exclusión hacia el mismo.
También algunos seguros médicos pueden excluir de sus coberturas las prácticas deportivas, sobre todo aquellos de riesgo, dejando de cubrir contingencias como accidente, incapacidad…

  • Asistencia médica por enfermedad o accidente con una cobertura mayor a una póliza de salud clásica.
  • Traslado a un centro hospitalario o a su lugar de residencia con todos los gastos pagos.
  • Búsqueda y rescate ya que se suelen realizar en lugares lejanos a su residencia.
  • Asistencia las 24 horas.
  • Servicios de hospitalización, cirugía, gastos médicos e indemnización.
  • En caso de fallecimiento, traslado del cuerpo a su lugar de residencia.
  • Responsabilidad a terceros.

Si estás interesado en el Seguro de patinetes elécticos contacta con nosotros

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¿Es necesario el seguro de patinete eléctrico?

Este seguro sirve para protegerte y prevenir cualquier imprevisto. Si por desgracia sufres algún incidente, puedes estar tranquilo porque el seguro para patinetes eléctricos cubre los daños a terceros con una indemnización de hasta 200.000 €, además de por víctima con la misma cuantía.

Coberturas para Seguro de Patinete Eléctrico

Daños a terceros

Daños personales y materiales causados involuntariamente a terceros cubiertos.

Responsabilidad civil

Indemnización máxima por daños a terceros de 200.000 €. Además de por víctima con la misma cuantía.

 

Protección para todos los usuarios de un mismo patinete

Uso familiar del patinete, para tu cónyuge e hijos mayores de 16 años incluidos.

Protección en la ciudad

Todo previsto para los posibles riesgos derivados de la conducción de patinetes eléctricos en entornos urbanos.

 

Preguntas frecuentes sobre el seguro de impago del alquiler

Actualmente este seguro solo es obligatorio cuando se vaya a usar para fines económicos lucrativos o vayas a alquilarlo.
Pero si únicamente es para uso personal no tienes obligatoriedad, es decir, actualmente no existe ninguna ley que obligue la contratación de un seguro para patinetes eléctricos de uso personal, sí es muy recomendable. ¿Por qué? En caso de accidente o daños a terceros, la responsabilidad recae sobre el propietario del patinete.

Porque incluye una cobertura esencial: la protección frente a los daños tanto corporales como materiales, causados a terceros en los incidentes que puedan derivarse de su uso particular.

Según la DGT, los vehiculos de movilidad personal (VMP) se han clasificado como vehiculos de propulsión eléctrica en los sigientes tipos:

  • Tipo A: vehículos eléctricos de una o dos ruedas, velocidad máxima de hasta 20 km/h, un peso máximo de 25kg y una capacidad para una persona. A esta tipología pertenecen los patinetes eléctricos, los skateboards eléctricos, los monociclos eléctricos y los hoverboards.
  • Tipo B: vehículos eléctricos que pueden alcanzar una velocidad máxima de 30 km/h, peso máximo 50kg y capacidad para una persona. Este grupo engloba a los patinetes eléctricos con sillín y los segways.
  • Tipo C: vehículos eléctricos con velocidad superior a los 30km/h, peso máximo 300kg, capacidad de una a tres personas.
Horario de Atención Telefónica de Lunes a Viernes de 9:00 horas a 15:00 horas
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